Eliminan la prisión a quien no haga servicio militar; prohíben a menores de edad adelantarlo
El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley del Servicio Militar que prohíbe que menores de 18 años, pero mayores de 16, realicen el servicio militar de forma anticipada y voluntaria. Además, se eliminó el delito de insumisión para quienes deban presentarse y no lo hagan.
Con 100 votos a favor, también se estableció que en caso de guerra internacional, los mexicanos mayores de 45 años ya no podrán ser llamados a la Guardia Nacional. Esto reduce la edad máxima obligatoria para las fuerzas armadas a 40 años, eliminando la tercera reserva que incluía hasta los 45 años.
El senador Manuel Añorve Baños explicó que estas reformas alinean la ley con la Constitución y la Convención sobre los Derechos del Niño, que prohíbe el reclutamiento de menores. La reforma al artículo 4 indica que las obligaciones militares terminan al cumplir 40 años, en lugar de los 45 que marcaba la ley anterior.
Actualmente, el servicio activo se realiza por un año para quienes tienen 18 años, la primera reserva es hasta los 30 años y la segunda hasta los 40. Se eliminó la obligación de servicio militar en la Guardia Nacional para personas hasta 45 años.
También se modificó el artículo 275 del Código de Justicia Militar para eliminar el delito de insumisión, que castigaba con prisión a quienes no se presentaban al servicio militar activo tras ser sorteados. Esta sanción ya no aplicará.
