La SCJN aprueba proyecto para que menores puedan cambiar su género en actas de nacimiento
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que no se puede exigir ser mayor de edad para modificar el acta de nacimiento por reasignación sexogenérica autopercibida. Esto significa que niños y adolescentes trans pueden solicitar el cambio sin haber pasado por procedimientos médicos.
La decisión fue unánime y se basó en una acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contra el Código Civil de Puebla. El artículo que pedía tener 18 años para hacer esta solicitud fue invalidado.
Además, esta resolución es jurisprudencia obligatoria para jueces en todo México. El ministro presidente Arturo Zaldívar destacó que para muchas personas la identidad de género es algo natural, pero para las infancias trans es un reto. Propuso pautas para proteger sus derechos y facilitar la adecuación jurídica de sus documentos, siempre cuidando el interés superior de los menores.
La ministra Norma Lucía Piña Hernández sugirió analizar si el trámite debería hacerse solo en el Registro Civil, sin necesidad de acudir a un juez, para proteger mejor a los menores. Esta idea fue apoyada por otros ministros. La ministra Yasmín Esquivel Mossa, autora del proyecto, se comprometió a incluir estos argumentos en la sentencia final.
